La Autoridad competente podrá “obligar” a un obispo a presentar la renuncia
El Papa podrá pedir la renuncia a un obispo por razones particulares, después de comunicarselas y de escuchar las suyas. Además, los miembros de la Curja deben presentar sin excepción la renuncia a los 75. Son las dos grandes novedades de la primera disposición del Papa Francisco para la reforma de la curia y el gobierno de la Iglesia.
La Santa Sede ha hecho pública la disposición “Rescriptum ex audientia” sobre la renuncia de los obispos diocesanos y los titulares de las oficinas vaticanas. En esta disposición, el Papa muestra que el Ministerio “debe ser entendido como un servicio (diakonia) al pueblo santo de Dios y requiere que quienes están encargados, se dediquen con todas sus energías”.
Según se explica, la disposición recoge las recomendaciones del Consejo de Cardenales que asisten al Papa y se comienza así la reforma de la Curia Roma y el gobierno de la Iglesia.
Entre las cuestiones que se regula se encuentra la invitación a los obispos diocesanos, coadjutores y auxiliares a presentar la renuncia de su cargo pastoral en la edad de setenta y cinco años de edad. Renuncia que sólo tendrá efecto en el momento en que es aceptada por las autoridades legítimas.
Consideran “digno de aprecio a la Iglesia” todos aquellos que presentan su renuncia por enfermedad u otra razón seria y solicitan que en tales casos, “los fieles están llamados a mostrar solidaridad y comprensión para quien fue su pastor, asistiendo a los regularmente según las exigencias de la caridad y la justicia, de conformidad con las disposiciones de la can. § 2 CIC 402”.
La gran novedad del texto se centra en la posibilidad de circunstancias especiales, cuando o “la autoridad competente considere necesaria pedir un obispo presentar la renuncia a la oficina pastoral”. Para ello muestran que se debe dar a conocer las razones de tal petición y escuchar atentamente sus razones, “en diálogo fraterno”.
Los cardenales cabezas de Dicasterio de la Curia Romana también presentarán la renuncia a los setenta y cinco años de edad y el Papa, “considerándolo todo, procederá”. También cesarán cuando tengan otro compromiso o se produzca una descomposición del dicasterio u oficina.